El Plan de Manejo de Tránsito (PMT) constituye la herramienta técnica para disminuir el impacto de las obras o intervenciones en vías para los actores viales (peatones, bicicletas, vehículos particulares, transporte público y de mercancías) que se realizan en áreas urbanas y rurales de los municipios jurisdicción en el departamento del Quindío.
El IDTQ con la verificación, aprobación y seguimiento al PMT busca brindar un ambiente seguro, ordenado, ágil y cómodo para todos los actores viales, personal de obra, asistentes a eventos y vecinos del lugar, en cumplimiento de la normatividad vigente. Reduciendo al máximo posible las obstrucciones viales y posibles siniestros.
¿Quién debe presentar un Plan de Manejo de Tránsito - PMT?
De conformidad con el artículo 101 de la Ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito, toda empresa pública, privada y/o persona particular que altere la movilidad y/o intervenga el espacio público deberá contar con la aprobación de la autoridad competente de un Plan de Manejo de Tránsito.
¿Cuando se debe presentar el PMT?
Cuando se va a realizar intervención en vía pública (construcciones, eventos deportivos, etc) toda persona de derecho público o privado debe contar con la aprobación del PMT, el IDTQ realiza verificación y aprobación de dos tipos de PMT
PMT Obras - Plan de Manejo de Tránsito para Obras (Requisitos)
PMT EEP - Plan de Manejo de Tránsito para Eventos Especiales Programables (Requisitos)
¿Quién puede elaborar un plan de manejo de tránsito?
La ley colombiana faculta a todo ingeniero civil y/o de transporte especialista en el área de Vías y Transporte con matrícula vigente, debidamente habilitado por la ley colombiana para ejercer su profesión y que corresponda a especialidades de la ingeniería que dentro de sus actividades se contemple las correspondientes a señalización vial (Res. 0243040045005 del 17/sept/2024)